El PSOE dice que PP, Vox y Junts rechazan el decreto de lobbies porque no quieren que se sepa a qué intereses responden
El Congreso lo debatirá y votará este miércoles y corre el riesgo de que acabe derogado

MADRID, 15 Sep. (EUROPA PRESS) -
El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha censurado que el PP, Vox y Junts hayan criticado el decreto ley del Gobierno para regular los 'lobbies' y crear un registro público y obligatorio de grupos de interés y lo ha achacado a que en realidad lo que no quieren es que se sepa es "a qué intereses responden".
El Gobierno decidió aprobar este decreto ley después de que el proyecto de ley de 'lobbies' que estaba tramitándose desde febrero de 2025 encallase en el Congreso ante la dificultad de reunir el consenso necesario entre grupos parlamentarios. Este miércoles llega a su votación definitiva en el Pleno del Congreso.
Sin embargo, todo apunta a que el decreto ley, que incluye la creación de un registro de 'lobbies' al que ya se han apuntado 300 entidades, acabe derogado por el Congreso a la vista de que el PP, Vox y Junts suman mayoría absoluta. Y eso pese a que, según ha denunciado Patxi López, el texto ha incorporado "buena parte" de las propuestas de estos partidos.
"NO QUIEREN ASOMAR LA PATITA"
El portavoz socialista ha recordado que con este decreto lo que se persigue es cumplir con los compromisos europeos en materia de transparencia para garantizar la trazabilidad de las leyes y saber quién o quiénes han influido en su tramitación y conocer "qué intereses legítimos persigue cada uno".
Eso es, según López, lo que "seguramente" PP, Vox y Junts no quieren que se sepa: "quién está detrás de los intereses que ellos defienden". Y es que, a su juicio, existe lobbies' y grupos políticos "que no quieren asomar la patita".
En concreto, el decreto que llegará al Pleno este miércoles, promovido por el Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, crea un registro estatal público y obligatorio de grupos de interés que estará gestionado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
¿QUÉ SE CONSIDERA UN GRUPO DE INTERÉS?
Además, dicha norma regula en la Administración del Estado la relación entre los grupos de interés y el personal público susceptible de recibir influencia, es decir, la norma detalla quiénes tienen la consideración de 'lobbies', qué es la actividad de influencia y quiénes son susceptibles de recibirla.
Los 'lobbies' son personas físicas y jurídicas y agrupaciones sin personalidad jurídica, incluidas las plataformas, foros, redes u otras formas de actividad colectiva, tanto si actúan por cuenta propia como ajena, con independencia de la forma que adopten o de su estatuto jurídico, y que lleven a cabo actividades de influencia sobre el personal y/o cargo público. Por ejemplo, las empresas y las ONG que pretendan ejercer la función de lobby ante la Administración General del Estado (AGE).
El texto legal considera actividad de influencia toda comunicación directa o indirecta de un grupo de interés con el personal y/o cargo público susceptible de influencia, realizada por cualquier medio o canal, con la finalidad de incidir en la toma de decisiones públicas, en el diseño o aplicación de políticas públicas, o en la elaboración, modificación o aprobación de proyectos normativos, en beneficio de intereses propios o de terceros.
Por otro lado, la norma determina que son susceptibles de recibir influencia el personal y/o cargo público que desempeñe funciones públicas con la capacidad de intervenir en la formulación, ejecución o supervisión de políticas públicas, elaboración normativa o procesos de decisión administrativa, dentro de la AGE y su sector público institucional.
Entre ellos se encuentran los altos cargos (hasta el nivel de director general) y, por primera vez en una norma aprobada en el ámbito de la integridad y ética públicas, también el personal de confianza, asesores y personal eventual.
EL REGISTRO DE 'LOBBIES' DEBE SER "OBLIGATORIO"
Según el Ministerio que dirige Óscar López, la creación del registro de grupos de interés de la AGE y su sector público institucional pretende garantizar la transparencia y la integridad de las actividades que desarrollan dichos grupos en sus relaciones con el personal y/o cargo público susceptible de recibir influencia.
La inscripción en el registro de 'lobbies' tendrá carácter obligatorio, será gestionado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, y los datos que contenga deberán estar disponibles y accesibles a través del Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado y del sitio web del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Este registro será además de carácter público, gratuito, electrónico, y contendrá información sobre las personas que ejercen la actividad de influencia (incluyendo de manera específica aquéllas que hayan desempeñado puestos o cargos públicos durante los últimos cinco años desde el momento de la inscripción del grupo en el registro), así como su domicilio o sede social, la identificación del grupo de interés y de sus representantes, la actividad desarrollada y las fuentes de financiación, entre otros.
Asimismo, este registro de la Administración del Estado se podrá conectar con el de las comunidades autónomas y entidades locales que ya lo tienen y con el de Transparencia de la Unión Europea (UE).
El órgano competente para la incoación, instrucción y resolución de los procedimientos sancionadores que afecten a los grupos de interés o 'lobbies' será igualmente el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El decreto ley regula también el régimen sancionador, tipificando las infracciones de muy graves, graves y leves y estableciendo las sanciones por la comisión de las infracciones.
El personal público susceptible de influencia estará obligado a hacer públicas en el Portal de la Transparencia, en el plazo de un mes desde su celebración, todas las reuniones y contactos que mantengan con grupos de interés inscritos en el registro
Las actividades realizadas por los grupos de interés con la finalidad de influir en la elaboración y adopción de cualquier proyecto normativo y, en su caso, su incidencia en el mismo, serán reflejadas por parte del departamento competente en un informe de huella normativa, al cual se hará referencia en la correspondiente memoria del análisis de impacto normativo.







