Aragón agiliza la retirada de madera quemada en parcelas privadas tras los incendios

LAS PEÑAS DE RIGLOS (HUESCA), 19 (EUROPA PRESS)
El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, ha aclarado los procedimientos para la retirada de madera quemada en parcelas privadas afectadas por incendios forestales con el objetivo de facilitar la recuperación de los terrenos, ayudar a agricultores y propietarios y evitar cargas administrativas innecesarias.
Tras los graves incendios registrados en Aragón, el Ejecutivo autonómico pretende ofrecer una respuesta "rápida, clara y útil" a quienes necesitan limpiar sus parcelas, retirar restos quemados y recuperar cuanto antes la normalidad en sus explotaciones.
Para ello, la Consejería ha recordado que existen distintos procedimientos en función del volumen de madera a retirar y del destino de la madera recogida.
El objetivo es que los afectados sepan con claridad qué trámite deben realizar en cada caso, evitando dudas, retrasos y obstáculos innecesarios.
BENEFICIOS DE LA RETIRADA DE MADERA
La retirada de madera quemada permite avanzar en la recuperación de las parcelas, facilitar la continuidad de la actividad agrícola y ordenar los terrenos afectados, garantizando al mismo tiempo la protección del suelo, la vegetación, las infraestructuras y la red hidrográfica.
Los Agentes para la Protección de la Naturaleza de cada zona están a disposición de agricultores y propietarios para orientarles sobre el procedimiento adecuado, especialmente cuando las parcelas se encuentren dentro de espacios incluidos en la Red Natural de Aragón o existan circunstancias específicas que deban tenerse en cuenta.
Con esta aclaración, el Gobierno de Aragón pretende facilitar que los propietarios puedan recuperar sus parcelas y retomar su actividad cuanto antes, siempre dentro del marco legal y con la adecuada protección del medio natural.
RECOGIDA DE RAMAS CAÍDAS Y PIÑAS SECAS
El Departamento de Medio Ambiente y Turismo ha remarcado también que la recogida no comercial de ramas caídas y piñas secas para autoconsumo no está prohibida con carácter general, ni tampoco está sometida a autorización expresa, siempre que se realice en los supuestos permitidos por la normativa.
La recogida no comercial de ramas caídas y piñas secas para autoconsumo es un uso tradicional, de pequeña escala y vinculado al medio rural, que puede realizarse cuando afecte a cantidades no significativas desde el punto de vista económico y ecológico, no afecte a especies arbóreas protegidas y tenga lugar en montes cuyos propietarios no hayan prohibido o reservado para sí ese aprovechamiento.
Esta aclaración permite despejar dudas y evitar confusiones sobre una práctica tradicional que, en esos supuestos, no genera perjuicio ambiental ni merma patrimonial, y cabe realizar respetando la propiedad conforme a la normativa aplicable.
No obstante, la recogida de setas cuenta con una regulación específica y determinados espacios naturales protegidos pueden establecer limitaciones o prohibiciones concretas en los instrumentos que ordenan los usos en la zona.
INFORMACIÓN PRÁCTICA
En el caso de la madera quemada procedente de parcelas privadas el procedimiento dependerá del volumen a retirar y del destino de la madera.
Cuando el propietario quiera retirar madera para uso propio y la cantidad sea inferior a 20 estéreos --metro cúbico aparente de madera apilada-- podrá hacerlo mediante una declaración responsable ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente y Turismo correspondiente.
Si el aprovechamiento para uso propio supera los 20 estéreos, o si la madera va a destinarla a la venta, podrá realizarlo mediante comunicación previa al Servicio Provincial correspondiente cuando no supere los 30 estéreos o las 15 toneladas métricas. Esta comunicación deberá presentarla con una antelación mínima de un mes respecto a la fecha prevista para realizar los trabajos.
Si es un aprovechamiento comercial que supera los 30 estéreos o las 15 toneladas métricas será necesaria autorización del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.
Un estéreo equivale a un metro cúbico aparente de madera apilada, incluidos los huecos que quedan entre las piezas, troncos o trozas.
La recogida ocasional de ramas caídas y piñas secas para autoconsumo y sin ánimo de lucro está permitida cuando las cantidades no sean significativas, no afecte a especies arbóreas y tengan lugar en montes cuyos propietarios no hayan prohibido o reservado este aprovechamiento.
La normativa permite también la recogida ocasional y no comercial, en cantidades no significativas, de determinados productos forestales secundarios como plantas aromáticas y medicinales, flores silvestres o frutos forestales siempre respetando las condiciones legales aplicables.
No obstante, determinados espacios naturales protegidos pueden establecer limitaciones o prohibiciones concretas en sus instrumentos de ordenación.







